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Sobre la situación de los interinos de larga duración en el marco de la Unión Europea (TJUE)

Nos guste o no, España debe cumplir con los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (la Carta Europea) y los principios generales del Derecho de la UE. La renovación de contratos temporales para satisfacer necesidades que son de hecho no temporales, sino permanentes y duraderas no se justifica en el sentido de la cláusula 5, apartado 1, Sub A, del Acuerdo marco anexo a la Directiva 1999/70/CE . No olvidemos que estamos ante una situación en que los interinos son víctimas de una situación injusta causada por las administraciones.   Por otra parte, se debe atender al principio de seguridad jurídica, confianza legítima e igualdad de trato. Este último principio requiere no sólo la igualdad de trato de casos similares, pero también el tratamiento diferente de los diferentes casos. La posición de estos interinos de larga duración no es igual ni comparable a la de otros aspirantes libres y por lo tanto se debe prestar atención a su diferente situación, más aún cuand